miércoles, 30 de enero de 2013

Día escolar de la Paz y la No Violencia



El Día Escolar de la No-violencia y la Paz fue declarado por primera vez en 1964. Su objetivo es la educación en y para la tolerancia, la solidaridad, la concordia, el respeto a los Derechos Humanos, la no-violencia y la paz.

 El mensaje básico de este día es: ’Amor universal, No-violencia y Paz. El Amor universal es mejor que el egoísmo, la No-violencia es mejor que la violencia y la Paz es mejor que la guerra’.


El día 30 de Enero se conmemora además la muerte de Mahatma Gandhi, 
asesinado a tiros por un fanático hinduista.




Os dejamos un vídeo y ya nos contaréis que os parece,


domingo, 27 de enero de 2013

Derechos de los niños con discapacidad

El siguiente listado de derechos es una iniciativa de la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica y es editado por el Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid. Tiene como principal objetivo estatutario “la promoción y defensa de las condiciones de vida de las personas con discapacidad física y orgánica hasta conseguir su plena integración social”.

  • Derecho a una vivienda digna y adecuada a las necesidades especiales de los niños con discapacidad.
  • Derecho a circular libremente con la garantía del transporte accesible.
  • Derecho de los padres a recibir todas las informaciones relativas a la discapacidad y al bienestar del niño, siempre que el derecho del niño a mantener su intimidad no se vea afectado.
  • Derecho a recibir información adaptada a su edad, su desarrollo mental, su estado afectivo y psicológico con respecto a su discapacidad, al tratamiento al que se le somete y las perspectivas positivas de ese tratamiento.
  • Derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a actividades recreativas y culturales propias de su edad, así como disponer de espacios adecuados para ello.
  • Derecho de los padres o de la persona que los sustituya a pedir la aplicación de estos derechos en el caso de niños inmigrantes con discapacidad.
  • Derecho de los niños/as con discapacidad a la protección de la salud, y a los servicios para el tratamiento de las enfermedades.
  • Derecho a la detección y tratamiento precoz de enfermedades congénitas, así como de las deficiencias psíquicas y físicas, teniendo en cuenta la ética, la tecnología y los recursos existentes en el sistema sanitario.
  • Derecho a la aplicación de las técnicas y recursos de mejora y rehabilitación de secuelas que hayan podido tener por causa de enfermedad adquirida, congénita o accidente. Esta rehabilitación comprenderá todos los aspectos físicos, psíquicos y sensoriales.
  • Derecho a acceder y utilizar los servicios sociales sin discriminación por motivos de discapacidad.
  • Derecho de las familias a recibir apoyo en la prestación de cuidados personales a aquéllos de sus miembros que por su discapacidad se encuentren en estado de dependencia.
  • Derecho de toda familia a percibir la prestación por hijo a cargo cuando existen menores con discapacidad en el seno familiar.
  • Derecho a recibir una enseñanza gratuita, en condiciones de igualdad de oportunidades.
  • Derecho a recibir una educación adaptada a las necesidades personales desde el momento en que se detecte la discapacidad.
  • Derecho a recibir atención educativa en caso de estar hospitalizado o de convalecencia en su propio domicilio.
  • Derecho a participar en todas las actividades escolares.
  • Derecho de los padres a elegir el centro escolar entre aquéllos que reúnan los recursos personales y materiales adecuados para garantizarles una atención educativa de calidad.
  • Derecho de los padres a colaborar en el proceso de identificación de las necesidades y en las actuaciones de rehabilitación.
  • Derecho a recibir asesoramiento, formación y apoyo técnico para el acceso al primer empleo.
  • Derecho a que las administraciones públicas adecuen los espacios en los que permanecen habitualmente los menores con discapacidad a sus necesidades para que puedan participar plenamente en la vida social.
  • Derecho a recibir la ayuda técnica precisa con el fin de favorecer el desarrollo personal y social del niño con discapacidad.

De los derechos a la caridad

Patrocinio de las Heras, experta en servicios sociales, que fue directora del Imserso y una de las personas que participó activamente en la puesta en marcha de los servicios sociales modernos en este país, ha acompañado a Ramírez  en la rueda de prensa. Su intervención trataba de alertar sobre el “cambio de modelo” que se está produciendo en España, el paso de los derechos sociales a la beneficencia. “La Ley de Desarrollo Local que está a punto de aprobarse en Consejo de Ministros desprovee a los Ayuntamientos de sus mínimas obligaciones y competencias en servicios sociales y se establece una asistencia social. Esto es gravísimo. Sustituyen los derechos por la beneficencia, un modelo que ya se extinguió con la Constitución. Eso significa que las ayudas, si las hay, dependerán de la voluntad del político de turno y del presupuesto”, ha criticado.

De las Heras ha recordado que los servicios sociales básicos atienden a ocho millones de personas, una cifra que ha crecido exponencialmente en estos años de crisis mientras que el Plan Concertado, que es la vía de financiación del Gobierno para estos servicios municipales, “ha pasado de 96 millones a 27 desde que entró Rajoy al Gobierno”. Este cambio que plantea el borrador de esta ley “podría afectar también a 50.000 trabajadores sociales.